PARA QUE LAS VIOLACIONES COMETIDAS CONTRA PRESAS POLITICAS EN LA DICTADURA MILITAR SEAN TRATADAS COMO CRIMENES DE LESA HUMANIDAD.
Se siguen sumando los testimonios de víctimas de la represión que además de haber sufrido los mismos vejámenes que los hombres, debieron soportar también la violencia de género: Las violaciones. Desde los organismos y desde la justicia se empiezan a sumar voces para que estos hechos sean considerados como crímenes de lesa humanidad.
Por Alicia Simeoni
Las violaciones por género cometidas durante los años de la dictadura militar deben ser declaradas crímenes de lesa humanidad. Los relatos espeluznantes de las mujeres que en los días que pasaron tuvieron la decisión y la fortaleza de narrar la tortura sexual de la que fueron víctimas en el Servicio de Informaciones de la Jefatura de Policía de Rosario, cuando Ramón Genaro Díaz Bessone era comandante del II Cuerpo de Ejército en Rosario, no pueden quedar impunes. Así lo piden quienes sufrieron violaciones como un plus, un adicional por su condición de mujeres y que se sumaron a todos los demás padecimientos que tuvieron los hombres en situación de cautiverio, aunque algunos de ellos también fueron ultrajados en su mayor intimidad. Pero no sólo las víctimas piden que se juzgue a los genocidas por la violencia sexual que ejercieron contra sus rehenes ellos se sentían absolutos dueños de la vida de las personas que habían cazado y luego encerrado , sino que ya empiezan a eschucharse otras voces que desde lo jurídico señalan por qué estos delitos no pueden considerarse prescriptos y quedar impunes. Es el caso de las abogadas Gabriela Durruty y Analía Aucía, la primera asesora de la organización Familiares de Detenidos Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales y patrocinante de querellantes; la segunda integrante del Comité de América latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) quienes invocan elementos del derecho internacional que la Argentina no puede desconocer. Por tanto el Tribunal Oral Federal Nº 2 debería hacer esta declaración de los delitos en cuestión como aquéllos que deben ser calificados como de lesa humanidad. También debe y puede solicitar al magistrado de primera instancia la investigación de los hechos denunciados, mientras que la acusación pública y las querellas, también pueden hacerlo y así lo harán, según surge de los testimonios de Durruty y Aucía.
La declaración de Stella Hernández el martes pasado cuando denunció, con voz firme, que 'El Cura" Marcote la había violado, y al que siguió su pedido de que ese hecho sea considerado un delito de lesa humanidad requiere de una respuesta "proactiva" en la que tiene un papel importante "la actuación de la Unidad Fiscal especial de la Procuración General de la Nación, respecto de las instrucciones que se les deben dar a los fiscales para el desarrollo de su actuación", dijo Aucía a Rosario/12. La abogada miembro de Cladem señaló que junto al testimonio de Hernández están los de otras mujeres, dos de ellas los pronunciaron también en los últimos días Ana María Ferrari y Elida Deheza y no se puede olvidar los dichos en Santa Fe, en el marco de la causa Brusa por Silvia Suppo poco tiempo antes de ser asesinada , por Patricia Isasa, por Stella Maris Vallejos y Graciela Roselló, entre otras mujeres.
En el caso de Deheza, ella manifestó que la terrible agresión que sufrió como víctima de violación fue mucho más dolorosa que la propia picana y dijo que se sentió reducida como persona. Además otros numerosísimos testimonios dejaron muy claro que esa práctica era sistemática en el Servicio de Informaciones bajo control operacional de Díaz Bessone.
Por su parte Olga Cabrera Hansen señaló en forma escalofriante la habitualidad de las violaciones en el SI, María Inés Luchetti de Bettanín lo había denunciado ante el entonces capellán de la policía de Agustín Feced, Eugenio Zitelli, quien le respondió que torturar a alguien para obtener información política es correcto, porque estamos en una guerra, pero las violaciones no, nos prometieron que no iban a suceder, porque ello atañe a la moral.
La víctima y querellante Silvia Suppo había hecho público en su testimonio, en octubre de 2009, que recibió del jefe de la Guardia de Infantería Reforzada, en Santa Fe, Juan Calixto Perizzotti, las disculpas por el error ocurrido se refería a la violación contra la entonces adolescente y para enmendar ese error la mandó con la carcelera y entregadora María Eva Aebis quien la llevó a una clínica privada donde le practicaron un aborto, ya que había quedado embarazada. También Stella Maris Vallejos debió sufrir, después de la violación, el desparpajo y la crueldad del ex policía Eduardo Curro Ramos quien utilizó términos en el sentido de que le había hecho un favor.
Graciela Roselló utilizó la expresión tortura sexual. Había guardado silencio durante muchos años, como tantas mujeres, en lo que creyeron mejor para proteger a sus familias.
Stella Hernández no estuvo mucho en su situación personal y se tomó el tiempo para señalar que El Cura Marcote, ese hombre entrecano sentado detrás de ella, a su izquierda, con un traje color gris liláceo que parecía preparado para un cóctel, había sido "el violador serial del servicio. Así es que Aucía reflexionó acerca de todo lo que está saliendo a la luz, de las situaciones que los jueces tienen delante porque delante de ellos están las víctimas y sus testimonios. Entonces, "sobre la violencia sexual que padecieron debe existir, como consecuencia, que se inicien nuevos procesos penales para investigar, juzgar e imputar a los responsables de los delitos sexuales, tanto sea a quienes fueron autores como a los superiores en la cadena de mandos".
La integrante de Cladem planteó que las víctimas deben ser "reparadas integralmente" y que es "un deber de la Justicia Federal iniciar de oficio nuevas causas a partir de las denuncias de estos nuevos delitos contra la integridad sexual como crímenes de lesa humanidad". Para el caso de las querellas Aucía sostiene que "es deseable que las querellas puedan acompañar las decisiones que las víctimas tuvieron en cuanto a denunciar las diversas formas de violencia sexual a las que fueron sometidas, promoviendo nuevos juicios contra los represores, visibilizando la violencia sexual y quebrando el círculo de impunidad que históricamente se selló sobre la misma".
Operaciones de seguridad
"La violencia sexual es una de las armas privilegiadas, elegidas por los represores para degradar moralmente a sus víctimas humillarlas y aplicar un 'castigo' diferencial de acuerdo al género de las mismas...El impacto de la violencia fue diferencial en las mujeres y en los varones, de acuerdo al tipo de violencia física, psicológica y sexual que se les imponía. Los delitos de lesa humanidad no son neutrales al género, algo que queda demostrado con la comisión masiva, sistemática de la violencia sexual ejercida contra las mujeres, aunque también se revelaron formas de violencia sexual aplicada contra varones, fundamentalmente a través del uso de la picana", sostuvo Aucía que además explicó que si en el marco de sociedades democráticas o pacíficas se reproduce la violencia, en los contextos represivos existe un contínuo de violencia sexual contra las mujeres. También recordó que las propias fuerzas armadas habían sentado posición respecto del control diferencial que debía cumplirse según el sexo de las personas detenidas. El entonces jefe del Estado Mayor General del Ejército, Roberto Viola, aprobó en 1976 el documento denominado 'Instrucciones para operaciones de seguridad'. En esas instrucciones podía leerse que: "El personal femenino podrá resultar tanto más peligroso que el masculino, por ello en ningún momento deberá descuidarse su vigilancia".
Durruty, como abogada que patrocina a querellantes señaló que en nuestro derecho interno las violaciones no estaban comprendidas por las leyes de impunidad por lo cual esas prácticas deben ser declaradas de lesa humanidad e imprescriptibles por el contexto en que se dieron, tal como lo ordena el derecho internacional. Y agregó que el Tribunal está conociendo delitos nuevos en el marco de la audiencia, por lo que debe y puede solicitar al juez de primera instancia su investigación. Mas allá de eso, la acusación pública y las querellas, así lo solicitaremos.
Se siguen sumando los testimonios de víctimas de la represión que además de haber sufrido los mismos vejámenes que los hombres, debieron soportar también la violencia de género: Las violaciones. Desde los organismos y desde la justicia se empiezan a sumar voces para que estos hechos sean considerados como crímenes de lesa humanidad.
Por Alicia Simeoni
Las violaciones por género cometidas durante los años de la dictadura militar deben ser declaradas crímenes de lesa humanidad. Los relatos espeluznantes de las mujeres que en los días que pasaron tuvieron la decisión y la fortaleza de narrar la tortura sexual de la que fueron víctimas en el Servicio de Informaciones de la Jefatura de Policía de Rosario, cuando Ramón Genaro Díaz Bessone era comandante del II Cuerpo de Ejército en Rosario, no pueden quedar impunes. Así lo piden quienes sufrieron violaciones como un plus, un adicional por su condición de mujeres y que se sumaron a todos los demás padecimientos que tuvieron los hombres en situación de cautiverio, aunque algunos de ellos también fueron ultrajados en su mayor intimidad. Pero no sólo las víctimas piden que se juzgue a los genocidas por la violencia sexual que ejercieron contra sus rehenes ellos se sentían absolutos dueños de la vida de las personas que habían cazado y luego encerrado , sino que ya empiezan a eschucharse otras voces que desde lo jurídico señalan por qué estos delitos no pueden considerarse prescriptos y quedar impunes. Es el caso de las abogadas Gabriela Durruty y Analía Aucía, la primera asesora de la organización Familiares de Detenidos Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales y patrocinante de querellantes; la segunda integrante del Comité de América latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) quienes invocan elementos del derecho internacional que la Argentina no puede desconocer. Por tanto el Tribunal Oral Federal Nº 2 debería hacer esta declaración de los delitos en cuestión como aquéllos que deben ser calificados como de lesa humanidad. También debe y puede solicitar al magistrado de primera instancia la investigación de los hechos denunciados, mientras que la acusación pública y las querellas, también pueden hacerlo y así lo harán, según surge de los testimonios de Durruty y Aucía.
La declaración de Stella Hernández el martes pasado cuando denunció, con voz firme, que 'El Cura" Marcote la había violado, y al que siguió su pedido de que ese hecho sea considerado un delito de lesa humanidad requiere de una respuesta "proactiva" en la que tiene un papel importante "la actuación de la Unidad Fiscal especial de la Procuración General de la Nación, respecto de las instrucciones que se les deben dar a los fiscales para el desarrollo de su actuación", dijo Aucía a Rosario/12. La abogada miembro de Cladem señaló que junto al testimonio de Hernández están los de otras mujeres, dos de ellas los pronunciaron también en los últimos días Ana María Ferrari y Elida Deheza y no se puede olvidar los dichos en Santa Fe, en el marco de la causa Brusa por Silvia Suppo poco tiempo antes de ser asesinada , por Patricia Isasa, por Stella Maris Vallejos y Graciela Roselló, entre otras mujeres.
En el caso de Deheza, ella manifestó que la terrible agresión que sufrió como víctima de violación fue mucho más dolorosa que la propia picana y dijo que se sentió reducida como persona. Además otros numerosísimos testimonios dejaron muy claro que esa práctica era sistemática en el Servicio de Informaciones bajo control operacional de Díaz Bessone.
Por su parte Olga Cabrera Hansen señaló en forma escalofriante la habitualidad de las violaciones en el SI, María Inés Luchetti de Bettanín lo había denunciado ante el entonces capellán de la policía de Agustín Feced, Eugenio Zitelli, quien le respondió que torturar a alguien para obtener información política es correcto, porque estamos en una guerra, pero las violaciones no, nos prometieron que no iban a suceder, porque ello atañe a la moral.
La víctima y querellante Silvia Suppo había hecho público en su testimonio, en octubre de 2009, que recibió del jefe de la Guardia de Infantería Reforzada, en Santa Fe, Juan Calixto Perizzotti, las disculpas por el error ocurrido se refería a la violación contra la entonces adolescente y para enmendar ese error la mandó con la carcelera y entregadora María Eva Aebis quien la llevó a una clínica privada donde le practicaron un aborto, ya que había quedado embarazada. También Stella Maris Vallejos debió sufrir, después de la violación, el desparpajo y la crueldad del ex policía Eduardo Curro Ramos quien utilizó términos en el sentido de que le había hecho un favor.
Graciela Roselló utilizó la expresión tortura sexual. Había guardado silencio durante muchos años, como tantas mujeres, en lo que creyeron mejor para proteger a sus familias.
Stella Hernández no estuvo mucho en su situación personal y se tomó el tiempo para señalar que El Cura Marcote, ese hombre entrecano sentado detrás de ella, a su izquierda, con un traje color gris liláceo que parecía preparado para un cóctel, había sido "el violador serial del servicio. Así es que Aucía reflexionó acerca de todo lo que está saliendo a la luz, de las situaciones que los jueces tienen delante porque delante de ellos están las víctimas y sus testimonios. Entonces, "sobre la violencia sexual que padecieron debe existir, como consecuencia, que se inicien nuevos procesos penales para investigar, juzgar e imputar a los responsables de los delitos sexuales, tanto sea a quienes fueron autores como a los superiores en la cadena de mandos".
La integrante de Cladem planteó que las víctimas deben ser "reparadas integralmente" y que es "un deber de la Justicia Federal iniciar de oficio nuevas causas a partir de las denuncias de estos nuevos delitos contra la integridad sexual como crímenes de lesa humanidad". Para el caso de las querellas Aucía sostiene que "es deseable que las querellas puedan acompañar las decisiones que las víctimas tuvieron en cuanto a denunciar las diversas formas de violencia sexual a las que fueron sometidas, promoviendo nuevos juicios contra los represores, visibilizando la violencia sexual y quebrando el círculo de impunidad que históricamente se selló sobre la misma".
Operaciones de seguridad
"La violencia sexual es una de las armas privilegiadas, elegidas por los represores para degradar moralmente a sus víctimas humillarlas y aplicar un 'castigo' diferencial de acuerdo al género de las mismas...El impacto de la violencia fue diferencial en las mujeres y en los varones, de acuerdo al tipo de violencia física, psicológica y sexual que se les imponía. Los delitos de lesa humanidad no son neutrales al género, algo que queda demostrado con la comisión masiva, sistemática de la violencia sexual ejercida contra las mujeres, aunque también se revelaron formas de violencia sexual aplicada contra varones, fundamentalmente a través del uso de la picana", sostuvo Aucía que además explicó que si en el marco de sociedades democráticas o pacíficas se reproduce la violencia, en los contextos represivos existe un contínuo de violencia sexual contra las mujeres. También recordó que las propias fuerzas armadas habían sentado posición respecto del control diferencial que debía cumplirse según el sexo de las personas detenidas. El entonces jefe del Estado Mayor General del Ejército, Roberto Viola, aprobó en 1976 el documento denominado 'Instrucciones para operaciones de seguridad'. En esas instrucciones podía leerse que: "El personal femenino podrá resultar tanto más peligroso que el masculino, por ello en ningún momento deberá descuidarse su vigilancia".
Durruty, como abogada que patrocina a querellantes señaló que en nuestro derecho interno las violaciones no estaban comprendidas por las leyes de impunidad por lo cual esas prácticas deben ser declaradas de lesa humanidad e imprescriptibles por el contexto en que se dieron, tal como lo ordena el derecho internacional. Y agregó que el Tribunal está conociendo delitos nuevos en el marco de la audiencia, por lo que debe y puede solicitar al juez de primera instancia su investigación. Mas allá de eso, la acusación pública y las querellas, así lo solicitaremos.
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