Identifican en Rosario a una hija de desaparecidos nacida durante el cautiverio de su madre
La niña fue criada por una familia santafesina. El juez que intervino en el caso, Luis Vera Candiotti, fue procesado en febrero por supresión de identidad de otra joven recuperada.
Por José Maggi. Desde Rosario
La hija de una pareja de militantes del ERP desaparecidos en Rosario durante la última dictadura fue identificada ayer a través de un examen realizado por el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), ordenado por el juez federal Nº 4 Marcelo Bailaque. Se trata de la hija de Cecilia Beatriz Barral, secuestrada en agosto de 1976 cuando cursaba un embarazo a término. Gracias a la infatigable tarea de su hermana Ana, María tiene desde hoy su nueva identidad. El caso tiene un parangón con el de los hijos de Ernestina Herrera de Noble, ya que la joven no aceptaba hacerse un análisis de ADN, hasta que la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario lo ordenó. El juez Bailaque informó ayer a las partes del resultado.
María estaba en el vientre de su madre, Cecilia, el 2 de agosto de 1976, cuando junto a su pareja fue secuestrada de la vivienda de Necochea 2050 en un operativo clandestino llevado adelante por el Destacamento de Inteligencia 121, en el que otras dos personas también fueron detenidas ilegalmente y otra fue asesinada. Barral y su pareja fueron trasladados a la Quinta Operacional de Fisherton, donde fueron vistos por última vez el 11 de agosto de 1976 por Fernando Brarda. Dos hombres armados llevaron a la niña, con solo unos días de vida, a una vivienda de calle Amenábar al 3000, en la ciudad de Santa Fe, donde una familia la crió. El juez que blanqueó la entrega fue Luis Vera Candiotti, procesado en febrero último por supresión de identidad de María Carolina Guallane. Ana, que tenía dos años entonces, supo que su padre podría haberle dado una hermana con otra madre. Nunca bajó los brazos, pensando en encontrarla. En 2004 el abogado santafesino Jorge Pedraza denunció el caso.
En marzo de 2010, la edición de Rosario de Página/12 publicó la ampliación de aquella primera denuncia de Pedraza: “Barral fue secuestrada en Rosario a punto de parir, en agosto de 1976. Le roban su hijita al nacer (probablemente en el Hospital Militar de Paraná) y se la entregan a un matrimonio de la ciudad de Santa Fe, en un hecho ocurrido a mano armada, donde fue amenazado en la vereda el vecino Francisco Caminos, ex integrante de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. Luego de eso, el juez Vera Candiotti autorizó en diciembre de ese año la inscripción en el Registro Civil de la niña ‘N.N. (más el apellido de quienes la tenían en su poder)’ en vez seguir el camino legal de internación en Casa Cuna y otorgamiento de guarda conforme el orden de la lista de inscriptos para tal fin. Esto debió ser así toda vez que era absolutamente verosímil considerar que los padres biológicos de la beba habían sufrido la violencia que los mismos integrantes del grupo de tareas mostraron frente al doctor Caminos, al lado de la puerta de la familia, hecho que fue denunciado oportunamente en las instancias del Juzgado de Instrucción en turno y en el Juzgado de Menores”.
El fallo conocido ayer y al que accedió Página/12 tramitó ante la Secretaría de Derechos Humanos del juzgado, a cargo de Gonzalo López Quintana, dentro del expediente N° 260/09, caratulado “Sumario Averiguación Violación a los Derechos Humanos”, en el que se ha logrado determinar la identidad de una persona que naciera en cautiverio luego de que su madre biológica fuera privada de libertad, permaneciendo a la fecha desaparecida”.
Y agrega: “En el expediente mencionado se investiga entre otros hechos la privación ilegítima de la libertad mediando violencias y amenazas y posterior desaparición física (homicidio) de Cecilia Beatriz Barral, como también de su pareja, en oportunidad de desarrollarse un procedimiento de fuerzas conjuntas a cargo del Ejército durante el último gobierno de facto instaurado a través del llamado ‘Proceso de Reorganización Nacional’, en el domicilio de calle Necochea N° 2050 de Rosario”.
Según el dictamen, “el procedimiento ocurrió el día 2 de agosto de 1976, comenzando la privación ilegítima de la libertad en la fecha y lugar indicada precedentemente y continuando en la llamada Quinta Operacional de Fisherton, sita en la calle Calasanz N° 9100 de la ciudad de Rosario. En el momento del procedimiento Cecilia Barral estaba cursando un embarazo muy avanzado, considerándose muy probable que ella diera a luz en ese estado de cautiverio”.
Ante el caso planteado se ordenaron las pruebas pertinentes por parte del Juzgado. Quedó a cargo de la realización de la pericia el Banco Nacional de Datos Genéticos. Ayer, se hizo presente en el Juzgado Federal N° 4 la directora del BNDG, quien presentó personalmente el correspondiente informe. De acuerdo con éste, se pudo determinar que “según los cálculos matemáticos estadísticos efectuados a partir de la información biológica obtenida de la investigación del polimorfismo del ADN en regiones microsatélites STRs, el padre alegado que se encuentra desaparecido y la madre alegada, quien también se encuentra desaparecida, tienen una probabilidad de parentalidad del 99,99 por ciento con respecto al perfil genético obtenido de la muestra hemática de la persona sometida a estudio”.
“Esto significa que la pareja de personas desaparecidas tienen la probabilidad porcentual indicada anteriormente de haber sido los padres biológicos del perfil genético obtenido”, concluye el fallo judicial.
La niña fue criada por una familia santafesina. El juez que intervino en el caso, Luis Vera Candiotti, fue procesado en febrero por supresión de identidad de otra joven recuperada.
Por José Maggi. Desde Rosario
La hija de una pareja de militantes del ERP desaparecidos en Rosario durante la última dictadura fue identificada ayer a través de un examen realizado por el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), ordenado por el juez federal Nº 4 Marcelo Bailaque. Se trata de la hija de Cecilia Beatriz Barral, secuestrada en agosto de 1976 cuando cursaba un embarazo a término. Gracias a la infatigable tarea de su hermana Ana, María tiene desde hoy su nueva identidad. El caso tiene un parangón con el de los hijos de Ernestina Herrera de Noble, ya que la joven no aceptaba hacerse un análisis de ADN, hasta que la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario lo ordenó. El juez Bailaque informó ayer a las partes del resultado.
María estaba en el vientre de su madre, Cecilia, el 2 de agosto de 1976, cuando junto a su pareja fue secuestrada de la vivienda de Necochea 2050 en un operativo clandestino llevado adelante por el Destacamento de Inteligencia 121, en el que otras dos personas también fueron detenidas ilegalmente y otra fue asesinada. Barral y su pareja fueron trasladados a la Quinta Operacional de Fisherton, donde fueron vistos por última vez el 11 de agosto de 1976 por Fernando Brarda. Dos hombres armados llevaron a la niña, con solo unos días de vida, a una vivienda de calle Amenábar al 3000, en la ciudad de Santa Fe, donde una familia la crió. El juez que blanqueó la entrega fue Luis Vera Candiotti, procesado en febrero último por supresión de identidad de María Carolina Guallane. Ana, que tenía dos años entonces, supo que su padre podría haberle dado una hermana con otra madre. Nunca bajó los brazos, pensando en encontrarla. En 2004 el abogado santafesino Jorge Pedraza denunció el caso.
En marzo de 2010, la edición de Rosario de Página/12 publicó la ampliación de aquella primera denuncia de Pedraza: “Barral fue secuestrada en Rosario a punto de parir, en agosto de 1976. Le roban su hijita al nacer (probablemente en el Hospital Militar de Paraná) y se la entregan a un matrimonio de la ciudad de Santa Fe, en un hecho ocurrido a mano armada, donde fue amenazado en la vereda el vecino Francisco Caminos, ex integrante de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. Luego de eso, el juez Vera Candiotti autorizó en diciembre de ese año la inscripción en el Registro Civil de la niña ‘N.N. (más el apellido de quienes la tenían en su poder)’ en vez seguir el camino legal de internación en Casa Cuna y otorgamiento de guarda conforme el orden de la lista de inscriptos para tal fin. Esto debió ser así toda vez que era absolutamente verosímil considerar que los padres biológicos de la beba habían sufrido la violencia que los mismos integrantes del grupo de tareas mostraron frente al doctor Caminos, al lado de la puerta de la familia, hecho que fue denunciado oportunamente en las instancias del Juzgado de Instrucción en turno y en el Juzgado de Menores”.
El fallo conocido ayer y al que accedió Página/12 tramitó ante la Secretaría de Derechos Humanos del juzgado, a cargo de Gonzalo López Quintana, dentro del expediente N° 260/09, caratulado “Sumario Averiguación Violación a los Derechos Humanos”, en el que se ha logrado determinar la identidad de una persona que naciera en cautiverio luego de que su madre biológica fuera privada de libertad, permaneciendo a la fecha desaparecida”.
Y agrega: “En el expediente mencionado se investiga entre otros hechos la privación ilegítima de la libertad mediando violencias y amenazas y posterior desaparición física (homicidio) de Cecilia Beatriz Barral, como también de su pareja, en oportunidad de desarrollarse un procedimiento de fuerzas conjuntas a cargo del Ejército durante el último gobierno de facto instaurado a través del llamado ‘Proceso de Reorganización Nacional’, en el domicilio de calle Necochea N° 2050 de Rosario”.
Según el dictamen, “el procedimiento ocurrió el día 2 de agosto de 1976, comenzando la privación ilegítima de la libertad en la fecha y lugar indicada precedentemente y continuando en la llamada Quinta Operacional de Fisherton, sita en la calle Calasanz N° 9100 de la ciudad de Rosario. En el momento del procedimiento Cecilia Barral estaba cursando un embarazo muy avanzado, considerándose muy probable que ella diera a luz en ese estado de cautiverio”.
Ante el caso planteado se ordenaron las pruebas pertinentes por parte del Juzgado. Quedó a cargo de la realización de la pericia el Banco Nacional de Datos Genéticos. Ayer, se hizo presente en el Juzgado Federal N° 4 la directora del BNDG, quien presentó personalmente el correspondiente informe. De acuerdo con éste, se pudo determinar que “según los cálculos matemáticos estadísticos efectuados a partir de la información biológica obtenida de la investigación del polimorfismo del ADN en regiones microsatélites STRs, el padre alegado que se encuentra desaparecido y la madre alegada, quien también se encuentra desaparecida, tienen una probabilidad de parentalidad del 99,99 por ciento con respecto al perfil genético obtenido de la muestra hemática de la persona sometida a estudio”.
“Esto significa que la pareja de personas desaparecidas tienen la probabilidad porcentual indicada anteriormente de haber sido los padres biológicos del perfil genético obtenido”, concluye el fallo judicial.
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