Por una cuestión de salud
El represor podrá seguir en su casa, por dos meses, su recuperación de una operación por pancreatitis y una afección respiratoria. El fiscal Stara se opuso al traslado al explicar que el penal de Marcos Paz cuenta con calificado personal médico.
Por José Maggi
El Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario autorizó al represor José Carlos Scortechini -condenado a 10 años de prisión en la causa Díaz Bessone- a cumplir arresto domiciliario los próximos dos meses. El motivo es lograr su recuperación de una operación por pancreatitis y una afección respiratoria que sufriera recientemente.
El 16 de agosto, el TOF II resolvió no hacer lugar al pedido de detención domiciliaria presentado por el condenado Scortechini, que originara la realización de una pericia médica en base a la cual el fiscal federal Gonzalo Stara se opuso al pedido, obteniendo eco en la resolución de los magistrados. Transcurrido menos de un mes de aquel incidente, el tribunal volvió sobre sus pasos y concedió el pedido al represor. Esto fue decidido en base a un informe del médico forense de apellido Siettecase que informa que Scortechini estaría recuperándose de un "cuadro respiratorio agudo". El informe médico provocó la inmediata suspensión de la orden de traslado al Penal de Marcos Paz. La defensa del imputado acompañó por su parte informes que respaldarían, a entender del letrado, la resolución de enviar al condenado a su casa.
Sin embargo Stara apuntó una irregularidad del tribunal: se entrevistó directamente con el represor y decidió mantener la decisión de que permanezca en su domicilio. El fiscal se opuso a la decisión judicial considerando que se encuentra ante una nulidad absoluta, en vistas de que no se ha dado la debida intervención al Ministerio Público Fiscal, que en estos actos resulta, al decir del funcionario "indispensable e insoslayable".
En este sentido apuntó: "Nos encontramos fundamentalmente analizando un discurso ajeno al derecho, esto es, un discurso médico, y por tanto esta fiscalía tiene el derecho y el deber de ser asistido por profesionales de la salud". Mientras la decisión se torna efectiva, la fiscalía intenta que la decisión sea revisada por los magistrados.
Cabe recordar que Scortechini fue condenado por la comisión de delitos de lesa humanidad consistentes en privaciones ilegítimas de la libertad agravadas, aplicación de tormentos agravados y asociación ilícita. Pero por otro lado se encuentra actualmente procesado por otras comisiones de delitos idénticos a los nombrados y también por homicidio.
De igual manera el fiscal Stara cuestionó la ausencia de datos en la resolución que permitan inferir las razones por las cuales el condenado no puede cumplir su recuperación en el penal de Marcos Paz que cuenta con calificado personal médico. En este sentido mencionó la resolución anterior en la cual se reseña, como fundamento de la orden de traslado a Marcos Paz, que "el complejo penitenciario Nº 2 de Marcos Paz cuenta con una unidad médico asistencial donde el interno puede ser asistido con todas sus dolencias y realizar los controles y dietas que sean necesarios".
El represor cobró celebridad cuando fue objeto de una denuncia por parte del Patronato de Liberados de la provincia, que reveló que no estaba en su domicilio en pleno juicio oral. Fue al realizar los controles de rutina para cerciorarse de que cumpliera con su detención domiciliaria. Después argumento que estaba en sus clases de enseñanza de vuelos a pilotos. Curiosamente la consecuencia fue ampliarle sus horarios de instructor de vuelo.
"Estamos ante delitos gravísimos, los derechos de las víctimas que represento al acceso a la justicia se encuentran comprendidos en pactos internacionales, deben extremarse los cuidados ante cada decisión, que, como en este caso, indudablemente afecta ese derecho pues estamos ante una excepción al modo de cumplimiento de la pena de prisión impuesta", sentenció Stara.
El represor podrá seguir en su casa, por dos meses, su recuperación de una operación por pancreatitis y una afección respiratoria. El fiscal Stara se opuso al traslado al explicar que el penal de Marcos Paz cuenta con calificado personal médico.
Por José Maggi
El Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario autorizó al represor José Carlos Scortechini -condenado a 10 años de prisión en la causa Díaz Bessone- a cumplir arresto domiciliario los próximos dos meses. El motivo es lograr su recuperación de una operación por pancreatitis y una afección respiratoria que sufriera recientemente.
El 16 de agosto, el TOF II resolvió no hacer lugar al pedido de detención domiciliaria presentado por el condenado Scortechini, que originara la realización de una pericia médica en base a la cual el fiscal federal Gonzalo Stara se opuso al pedido, obteniendo eco en la resolución de los magistrados. Transcurrido menos de un mes de aquel incidente, el tribunal volvió sobre sus pasos y concedió el pedido al represor. Esto fue decidido en base a un informe del médico forense de apellido Siettecase que informa que Scortechini estaría recuperándose de un "cuadro respiratorio agudo". El informe médico provocó la inmediata suspensión de la orden de traslado al Penal de Marcos Paz. La defensa del imputado acompañó por su parte informes que respaldarían, a entender del letrado, la resolución de enviar al condenado a su casa.
Sin embargo Stara apuntó una irregularidad del tribunal: se entrevistó directamente con el represor y decidió mantener la decisión de que permanezca en su domicilio. El fiscal se opuso a la decisión judicial considerando que se encuentra ante una nulidad absoluta, en vistas de que no se ha dado la debida intervención al Ministerio Público Fiscal, que en estos actos resulta, al decir del funcionario "indispensable e insoslayable".
En este sentido apuntó: "Nos encontramos fundamentalmente analizando un discurso ajeno al derecho, esto es, un discurso médico, y por tanto esta fiscalía tiene el derecho y el deber de ser asistido por profesionales de la salud". Mientras la decisión se torna efectiva, la fiscalía intenta que la decisión sea revisada por los magistrados.
Cabe recordar que Scortechini fue condenado por la comisión de delitos de lesa humanidad consistentes en privaciones ilegítimas de la libertad agravadas, aplicación de tormentos agravados y asociación ilícita. Pero por otro lado se encuentra actualmente procesado por otras comisiones de delitos idénticos a los nombrados y también por homicidio.
De igual manera el fiscal Stara cuestionó la ausencia de datos en la resolución que permitan inferir las razones por las cuales el condenado no puede cumplir su recuperación en el penal de Marcos Paz que cuenta con calificado personal médico. En este sentido mencionó la resolución anterior en la cual se reseña, como fundamento de la orden de traslado a Marcos Paz, que "el complejo penitenciario Nº 2 de Marcos Paz cuenta con una unidad médico asistencial donde el interno puede ser asistido con todas sus dolencias y realizar los controles y dietas que sean necesarios".
El represor cobró celebridad cuando fue objeto de una denuncia por parte del Patronato de Liberados de la provincia, que reveló que no estaba en su domicilio en pleno juicio oral. Fue al realizar los controles de rutina para cerciorarse de que cumpliera con su detención domiciliaria. Después argumento que estaba en sus clases de enseñanza de vuelos a pilotos. Curiosamente la consecuencia fue ampliarle sus horarios de instructor de vuelo.
"Estamos ante delitos gravísimos, los derechos de las víctimas que represento al acceso a la justicia se encuentran comprendidos en pactos internacionales, deben extremarse los cuidados ante cada decisión, que, como en este caso, indudablemente afecta ese derecho pues estamos ante una excepción al modo de cumplimiento de la pena de prisión impuesta", sentenció Stara.
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