Los abogados de los hijos de la militante social asesinada el año pasado en Rafaela plantearon que la Corte Suprema de la Nación había consagrado la competencia federal de las actuaciones porque "no se puede descartar" la hipótesis del crimen político.
Los abogados de los hijos de Silvia Suppo, militante social asesinada el año pasado en la ciudad de Rafaela, impugnaron el desdoblamiento de la investigación ordenada por el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez y el envío de la causa al Tribunal Oral Federal.
Cabe recordar que el juez Rodríguez cerró la investigación sobre los presuntos autores materiales -dos “trapitos” que confesaron su autoría- y dejó abierta la posibilidad de indagar en el futuro si también existieron autores ideológicos.
La decisión fue idéntica a la que hizo el año pasado su antecesor en la causa, el juez de Rafaela Alejandro Mognaschi, contradiciendo el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que consagró la competencia federal porque “no se puede descartar” la hipótesis del crimen político y es causal de “nulidad absoluta”, expresaron los abogados Lucila Puyol y Guillermo Munné, que representan a los hijos de Suppo.
En declaraciones a Télam, Puyol afirmó que “no es posible que si la Corte ordenó profundizar la pesquisa sobre los responsables del homicidio de Silvia, el primer acto de la justicia federal sea no continuar la investigación respecto de los únicos dos procesados y detenidos en la causa”. Y agregó que “esta contradicción con lo dispuesto por la Corte constituye una causal de nulidad absoluta y un agravio que justifica el recurso extraordinario ante el mismo tribunal supremo”.
Los abogados presentaron un escrito de siete carillas donde recuerdan que “el 29 de marzo, la Corte dictó una resolución trascendental para la presente causa, que resulta obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales inferiores y para todas las partes de este proceso. Expresamente indica: `Que en tanto no puede descartarse que la muerte de Silvia Suppo obstaculice el normal funcionamiento de los tribunales federales en donde tramitan causas en las que se investigan delitos calificados como de lesa humanidad, razones de mejor administración de justicia aconsejan que conozca en estas actuaciones la justicia federal”.
“De modo alguno puede eximirse a Cóceres y a Sosa de esta investigación ordenada por la Corte” aseguran, y expesan también que “mucho menos, si el juez Rodríguez repite lo que ya había hecho el juez Mognaschi, y que ya fue cuestionado por esta querella y por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, a la que Mognaschi también rechazó como parte querellante en el proceso”.
“No es posible que si la Corte ordenó profundizar la pesquisa sobre los responsables del homicidio de Silvia, el primer acto de la justicia federal sean no continuar la investigación respecto de los únicos dos procesados y detenidos en la causa. Esta contradicción con lo dispuesto por la Corte constituye una causal de nulidad absoluta y un agravio que justifica el recurso extraordinario ante el mismo tribunal supremo”, indicó Puyol.
“Debe ponderarse suficientemente que la competencia federal decidida por la Corte, lo es en la medida que se impulse una imputación de un delito cometido para obstruir la acción de la justicia federal, respecto de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura”, consignó luego.
“Ese es el criterio fijado por la Corte respecto de la desaparición de Jorge Julio López, y que se volvió a aplicar respecto de la investigación que debe desarrollarse sobre el homicidio de Silvia Suppo. Y así lo analizó la Cámara de Rafaela”, resaltó la abogada.
Finalmente, dijo que “un Tribunal Oral Federal no puede juzgar a dos imputados por un homicidio de competencia ordinaria provincial”.
Los abogados de los hijos de Silvia Suppo, militante social asesinada el año pasado en la ciudad de Rafaela, impugnaron el desdoblamiento de la investigación ordenada por el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez y el envío de la causa al Tribunal Oral Federal.
Cabe recordar que el juez Rodríguez cerró la investigación sobre los presuntos autores materiales -dos “trapitos” que confesaron su autoría- y dejó abierta la posibilidad de indagar en el futuro si también existieron autores ideológicos.
La decisión fue idéntica a la que hizo el año pasado su antecesor en la causa, el juez de Rafaela Alejandro Mognaschi, contradiciendo el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que consagró la competencia federal porque “no se puede descartar” la hipótesis del crimen político y es causal de “nulidad absoluta”, expresaron los abogados Lucila Puyol y Guillermo Munné, que representan a los hijos de Suppo.
En declaraciones a Télam, Puyol afirmó que “no es posible que si la Corte ordenó profundizar la pesquisa sobre los responsables del homicidio de Silvia, el primer acto de la justicia federal sea no continuar la investigación respecto de los únicos dos procesados y detenidos en la causa”. Y agregó que “esta contradicción con lo dispuesto por la Corte constituye una causal de nulidad absoluta y un agravio que justifica el recurso extraordinario ante el mismo tribunal supremo”.
Los abogados presentaron un escrito de siete carillas donde recuerdan que “el 29 de marzo, la Corte dictó una resolución trascendental para la presente causa, que resulta obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales inferiores y para todas las partes de este proceso. Expresamente indica: `Que en tanto no puede descartarse que la muerte de Silvia Suppo obstaculice el normal funcionamiento de los tribunales federales en donde tramitan causas en las que se investigan delitos calificados como de lesa humanidad, razones de mejor administración de justicia aconsejan que conozca en estas actuaciones la justicia federal”.
“De modo alguno puede eximirse a Cóceres y a Sosa de esta investigación ordenada por la Corte” aseguran, y expesan también que “mucho menos, si el juez Rodríguez repite lo que ya había hecho el juez Mognaschi, y que ya fue cuestionado por esta querella y por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, a la que Mognaschi también rechazó como parte querellante en el proceso”.
“No es posible que si la Corte ordenó profundizar la pesquisa sobre los responsables del homicidio de Silvia, el primer acto de la justicia federal sean no continuar la investigación respecto de los únicos dos procesados y detenidos en la causa. Esta contradicción con lo dispuesto por la Corte constituye una causal de nulidad absoluta y un agravio que justifica el recurso extraordinario ante el mismo tribunal supremo”, indicó Puyol.
“Debe ponderarse suficientemente que la competencia federal decidida por la Corte, lo es en la medida que se impulse una imputación de un delito cometido para obstruir la acción de la justicia federal, respecto de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura”, consignó luego.
“Ese es el criterio fijado por la Corte respecto de la desaparición de Jorge Julio López, y que se volvió a aplicar respecto de la investigación que debe desarrollarse sobre el homicidio de Silvia Suppo. Y así lo analizó la Cámara de Rafaela”, resaltó la abogada.
Finalmente, dijo que “un Tribunal Oral Federal no puede juzgar a dos imputados por un homicidio de competencia ordinaria provincial”.
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