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domingo, 2 de junio de 2013

Autorizaron a un represor procesado a ir de vacaciones a Buzios para tomar caipirinhas

Carlos Enrique Pavón está acusado de ocultamiento y supresión de la identidad de una hija de desaparecidos, pero está excarcelado. El fiscal apeló la autorización que le dio el tribunal, que ya le había dado permiso para ir a Chile en dos oportunidades.

 Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe


El Tribunal Oral de Santa Fe autorizó a un represor del Ejército, acusado de suprimir la identidad de una nieta recuperada, María Carolina Guallane, cuando era una beba de un año y medio, en 1977, a salir del país y pasar diez días de vacaciones en las playas de Buzios. El Ministerio Público Fiscal apeló la resolución ante la Cámara Nacional de Casación Penal, aunque no se descarta que pueda adoptar otras medidas ante el riesgo de una fuga. El turista es el teniente coronel Carlos Enrique Pavón, procesado por “retención y ocultamiento” de un niña desaparecida, “supresión de su identidad” y “falsificación de documento público”, pero está excarcelado y libre desde 2009 hasta que se realice el juicio oral, posiblemente el año que viene. Pavón ya había logrado un permiso del Tribunal para ir a Chile dos veces, la última en noviembre de 2012, así que su viaje a Brasil será el tercero al exterior, desde el viernes que viene hasta el 16 de junio. “Resulta dramático desde la perspectiva de la víctima, que aquella persona que ha sido procesada y acusada por integrar un sistema delictivo que la separó de su familia de origen y luego asesinó a sus padres, que suprimió su verdadera identidad y la reemplazó por otra nueva bajo la idea de que se trataba de una hija de ‘delincuentes subversivos’, hoy espera el ya demorado juzgamiento, descansando en playas tropicales, con el serio y grave riesgo de que favorecido por esas libertades pueda evadir la acción de la Justicia”, dice el recurso de casación que interpuso el fiscal general Martín Suárez Faisal, al que accedió Página/12.

Pavón solicitó la autorización para viajar a Buzios, el 29 de abril. “Ya dispone de los pasajes aéreos, con fecha de salida del aeropuerto de Ezeiza el 7 de junio y regreso el 16 de junio”, dice el escrito de su abogado, Héctor Tallarico. Y acompañó una factura del costo del vuelo: 2287 pesos.

El Tribunal corrió vista al fiscal Suárez Faisal que se opuso al pedido. “La autorización para salir del país de un procesado excarcelado resulta una excepción que debe justificarse en razones concretas, serias y relevantes. No cabe conceder un permiso con apreciaciones generales, abstractas y fórmulas dogmáticas, sino que corresponde tener en cuenta (...) los hechos imputados, la expectativa de pena y el derecho de la víctima a encontrar una respuesta jurisdiccional adecuada.”

Pavón está imputado por “delitos de lesa humanidad”, recordó el fiscal. “No son delitos comunes, sino crímenes del poder, cometidos por una asociación criminal compuesta por un vasto, complejo y poderoso entramado de sistemas delictivos integrado por numerosas personas que, en algunos casos, hasta hoy han conseguido permanecer impunes respecto de sus horribles abusos. Razonar sobre su capacidad para conservar un estatus de privilegio frente a la ley de igual modo con que se lo haría en el caso de delincuentes sin semejantes capacidades resultaría cuando menos una ingenuidad.”

El fiscal pidió al tribunal que prohíba a Pavón salir del país, anote esa prohibición en Migraciones para evitar que “transponga los límites fronterizos de la Argentina en cualquier momento” y aumente el monto de la “caución”, que hoy es “irrisoria”, “similar al costo del pasaje” en avión. El tribunal solicitó a Pavón que informe los motivos de su excursión. “Un viaje de turismo”, contestó su abogado. La respuesta fue suficiente. El 27 de mayo, el Tribunal le autorizó una estadía “desde el 7 al 16 de junio en Río de Janeiro, con fines turísticos”, dice la resolución de los jueces José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Miguel Abásolo. El fundamento es que el represor ya viajó a Chile dos veces, en 2011 y el año pasado y volvió. “No existe impedimento para salir del país que pese sobre el imputado”, por lo tanto, “corresponde hacer lugar”.

Suárez Faisal planteó entonces el recurso de casación ante el riesgo de fuga. Aceptar que un acusado por delitos de lesa humanidad pueda salir del país “es una afrenta para las víctimas de estos hechos”, dijo. Carolina fue secuestrada por un grupo de tareas, “el 11 de febrero de 1977, cuando tenía 18 meses. Su madre, Blanca Zapata, embarazada a término, murió el 23 de febrero” por un balazo en la cabeza. El bebé nació muerto. “Y su padre, Enrique Cortassa, fue secuestrado y permanece desaparecido.” Una de las hipótesis que evalúa el fiscal es que los represores utilizaron a Carolina “en los interrogatorios bajo tortura” de su papá, por “las secuelas psicológicas que la niña presentó durante sus primeros años”.

Después del operativo, Pavón –que entonces era teniente primero– puso la niña a disposición del entonces juez de Menores, Luis María Vera Candioti, también procesado en la causa, con un documento del Ejército falso, con fecha anterior al secuestro de la familia Cortassa. “La naturaleza, gravedad y carácter de lesa humanidad de los delitos por los que ha sido procesado y será juzgado Pavón, impone a los jueces de la Nación la responsabilidad y el deber inexorable de garantizar que los compromisos en defensa de los derechos humanos que asumió internacionalmente la Argentina sean cumplidos” y que “las aspiraciones de justicia de las víctimas no se desbaraten por situaciones de indebido privilegio”, concluyó el fiscal.

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