Marcha por Silvia Suppo ¡Esclarecimiento y Justicia!

miércoles, 8 de febrero de 2012

Los otros “albañiles” de la inteligencia militar

Las infiltraciones de la inteligencia militar también incluyeron a otros dirigentes del gremio de la construcción. Durante la dictadura, Horacio Barcos, “Quique”, fue agente civil del Destacamento de Inteligencia Militar 122.

Figura como “agente de reunión”. En mayo de 1978, en Santa Fe, participó del secuestro y tormentos contra José Tur y Amalia Ricotti.

Años más tarde, esta última lo reconoció, lo denunció y Barcos fue juzgado y condenado a 15 años de prisión, que cumple en la cárcel de Las Flores.

En 1996, Barrios, que trabajaba en la Obra Social de la UOCRA, fue designado por Gerardo Martínez como interventor en 1996 en Tres Arroyos.

De esa excursión, se llevó una condena de cinco años por extorsionar a un empresario de la construcción. Barcos se desempeñó como agente de la inteligencia militar hasta 1997. Otro agente civil que aparece en el listado del Destacamento 122, también como “agente de reunión”, es Eduardo Juan Daffunchio, asesor legal de la UOCRA Santa Fe.

Por último, otro agente civil del Batallón 601, muy allegado a Martínez -actuaron juntos en la intervención militar del gremio- es Raúl Alberto Leiva, quien fuera vocal de la UOCRA en 1983. En algunos asados gremiales, Leiva se ufanaba de haber sido un “hombre operativo” de la banda de Aníbal Gordon durante la dictadura. Mencionaba que en esa época Francisco “Barba” Gutiérrez , actual intendente de Quilmes, se les había escapado más de una vez.

Gerardo Martínez designó en varias oportunidades al ex 601 Leiva como interventor de las seccionales de Bahía Blanca y Neuquén de la UOCRA.

lunes, 6 de febrero de 2012

Se reanuda el juicio contra represores en Rosario. El Espacio Juicio y Castigo solicita certezas

La megacausa Díaz Bessone tendrá su primera audiencia del año el martes. Querellantes y organismos de derechos humanos pedirán a los jueces una reunión para reclamarles celeridad en la conclusión del proceso, que lleva más de un año y medio

El juicio contra represores que se lleva adelante en Rosario por la megacausa Díaz Bessone se reanudará esta semana y tanto querellantes como organismos de derechos humanos pedirán a los jueces una reunión para reclamarles que aceleren la definición del proceso, que lleva más de un año y medio. La otra novedad es que el Tribunal Oral Federal Nº2 (TOF2) decidió revocar la prisión domiciliaria al ex militar que da nombre a la causa.

La primera audiencia de debate del año tendrá lugar el martes y no este lunes, como estaba programado originalmente, dado que el juez a cargo Otmar Paulucci estará afectado a otros compromisos profesionales. Así se lo confirmó a Rosario3.com la presidenta en Rosario de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, Norma Ríos.

El magistrado esgrimió formalmente que no podía acudir el 6 de febrero “por encontrarse en esa fecha cumpliendo funciones de juez de ejecución penal fuera de la jurisdicción”, por lo que el reinicio esperará otras 24 horas.

Cuando se produzca, el Espacio Juicio y Castigo Rosario, que agrupa a querellantes, organismos de derechos humanos y sobrevivientes de la última dictadura, solicitará un encuentro con los miembros del TOF2, para reclamarles celeridad en la conclusión del juicio.

El militante de Hijos Rosario, Juane Basso, agregó que las demoras en el proceso fueron “una práctica continua” del tribunal y “eso fue generando una sensación de falta de respeto en los querellantes y testigos” de la causa.

“Queremos tener un ámbito formal en el cual poder plantearle al tribunal que se ajuste a su planteo original”, agregó Basso, en relación a una acordada del TOF2 de Rosario que estipuló audiencias los días lunes y martes, y los miércoles semana por medio, atento a la dimensión de la causa Díaz Bessone.

El proceso

En el expediente están acusados el ex comandante del II Cuerpo de Ejército, Ramón Genaro Díaz Bessone; los ex policías santafesinos José Rubén Lo Fiego, Mario Marcote, José Carlos Scortechini y Ramón Rito Vergara; y el civil acusado de complicidad con la represión Ricardo Miguel Chomicky.

Allí se ventilan los padecimientos sufridos por 89 víctimas de la represión ilegal durante la última dictadura en el entonces Servicio de Informaciones (SI) de la Policía de Rosario.

Las imputaciones contra los acusados son por homicidios, aplicación de tormentos y privación ilegítima de la libertad.

Definición demorada

El juicio oral, iniciado en julio de 2010, atraviesa su última etapa con los alegatos de la defensa de los imputados, mientras que los de la fiscalía y las querellas particulares ya se produjeron a fin del año pasado.

“Restan las réplicas y las dúplicas y luego la sentencia del tribunal”, explicó Ciarniello.

Según el abogado, “todavía no hay fecha de sentencia, y este mismo tribunal comienza nuevos juicios por delitos de lesa humanidad el 27 de febrero por causas de San Nicolás, así que seguramente lo van a aplazar, porque antes de esa fecha no va a haber sentencia”, advirtió el representante de la Secretaría de Derechos Humanos.

Sobre las demoras, agregó que “hubo un llamado de atención concreto de la Corte Suprema de Justicia sobre este tribunal, en un documento en que hacía referencia a juicios como los de la Esma, que ya terminó, y al de Rosario, que lleva más de un año y medio”.

En ese sentido, Norma Ríos adelantó a este diario digital que también la Mesa de la Memoria por la Justicia de San Nicolás se plegará al documento que presentará el Espacio Juicio y Castigo Rosario, “para manifestar su preocupación” por la demora en los tribunales de Oroño al 900.

Por su parte, Basso pidió a los jueces del TOF2 -integrado por Beatriz Caballero de Barabani, Jorge Venegas Echagüe y Omar Paulucci- que “dimensionen qué es con lo que están trabajando, porque no se trata de cualquier juicio, sino que es gente que afronta mucho dolor, recuerdos muy tremendos, y parece que el tribunal no sopesa esa cuestión”.

La convocatoria para el martes también es a “renovar el aguante frente a los tribunales federales de Rosario” cuando se retome la actividad. Llaman a “hacerse presente en la primera a audiencia del año”, que finalmente se realizará este martes en Oroño 940.

El Espacio Juicio y Castigo solicita certezas

Aunque se esperaba que recomiencen hoy, las audiencias del juicio oral y público por crímenes de lesa humanidad conocido como causa Díaz Bessone se reanudará mañana, a las 10, en los Tribunales Federales de Rosario (Oroño 940). El Espacio Juicio y Castigo que nuclea a organismos de derechos humanos, organizaciones sociales, políticas y gremiales convoca a sostener el espacio del "aguante" mientras continúa la última etapa del proceso con las exposiciones finales de las defensas de los seis imputados: Ramón Genaro Díaz Bessone, comandante del segundo cuerpo de Ejército hasta el 12 de octubre de 1976, los policías José Rubén Lofiego, Mario Alfredo Marcote, José Carlos Antonio Scortecchini y Ramón Rito Vergara, así como el civil Ricardo Chomicki.

El Espacio Juicio y Castigo pedirá además una audiencia con el Tribunal Oral Federal Número 2, integrado para este juicio por Otmar Paulucci, Jorge Venegas Echagüe y Beatriz Baravani de Caballero, para plantearles el malestar por la demora del proceso, que se inició el 29 de agosto de 2010, así como el rechazo al beneficio de prisión domiciliaria que sostuvieron para el principal imputado hasta hace pocos días, aún después de constatarse el incumplimiento de los requisitos.

"Nos pareció demasiado tolerante la actitud del tribunal respecto de Díaz Bessone", afirmó Juane Basso, integrante del Espacio y militante de la agrupación Hijos. "No es lo único que vamos a plantear. Una de las cuesitones que marcó el juicio a lo largo de estos años, y de cara al próximo mes, es la incertidumbre por las demoras y suspensiones constantes de las audiencias", indicó el militante, quien consideró que esa actitud reiterada del Tribunal constituye "una falta de respeto porque muchas veces los testigos, sus familiares y el público se enteran en el mismo momento de la suspensión de la audiencia. Queremos que los jueces comprendan las situaciones con las que están tratando, que significa para los testigos revivir situaciones muy dolorosas".

Basso apuntó además que el Espacio pedirá certezas sobre la fecha del veredicto contra los seis acusados. "Este es un juicio que no sólo se desarrolla en Tribunales, sino en toda la sociedad. Nosotros articulamos con compañeros de todo el país y muchos de ellos necesitan organizarse para venir a escuchar la sentencia, que significará una movilización como la del día de la sentencia de la causa Guerrieri, el 15 de abril de 2010", apuntó Basso.

domingo, 5 de febrero de 2012

Poderes que se pelean y genocidas que se pasean

El Tribunal Oral de Santa Fe envio una queja al ministro Alak por "intromisión"

Guerra de poderes por la causa Brusa
El coordinador del Programa Verdad y Justicia, Guillermo Valerga Laterrade cuestionó en una nota las salidas transitorias otorgadas a Víctor Brusa, Eduardo Ramos y María Eva Aebi. Los jueces a cargo del proceso expresaron una dura respuesta. Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe

El Tribunal Oral de Santa Fe le pidió explicaciones al ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, por la "actitud temeraria" y "beligerante" del coordinador del Programa Verdad y Justicia, Guillermo Valera Laterrade, quien cuestionó las salidas transitorias que benefician a tres condenados por crímenes de lesa humanidad: el ex juez Víctor Brusa, el ex oficial de inteligencia Eduardo Ramos y la ex carcelera María Eva Aebi. Se trata de "una intolerable intromisión de un funcionario del Poder Ejecutivo en decisiones de un Tribunal de la Nación", la calificó el propio tribunal y le solicitó a Alak que "se pronuncie al respecto, a fin de reparar la conducta asumida" por el integrante de su gabinete.

Valera Laterrade criticó la resolución del Tribunal que benefició a Aebi, Brusa y Ramos con el doble cómputo de la condena y les concedió salidas transitorias a su domicilio, cada quince días y bajo custodia (ver aparte). Los tres fueron condenados en diciembre de 2009 a 19, 20 y 23 años de prisión, respectivamente, por apremios ilegales, privación ilegítima de la libertad y tormentos, pero el fallo no está firme porque fue apelado ante la Cámara Nacional de Casación Penal, que aún no se expidió. En el juicio, también resultaron condenados los ex comisarios Mario Facino, Juan Calixto Perizzotti y Héctor Colombini, a 20, 22 y 23 años de prisión. Incluso, en agosto de 2010, Facino recibió una segunda condena a 23 años de cárcel por el secuestro, torturas y asesinato de la militante de las Ligas Agrarias, Alicia López, desaparecida en 1976. Sin embargo, los tres comisarios ni siquiera tuvieron que reclamar el beneficio de sus colegas de banquillo (de pasar un fin de semana de por medio con su familia) porque gozan de prisión domiciliaria.

Aebi, Brusa y Ramos están detenidos desde febrero de 2005, lo que significa que ya cumplieron siete años de condena, que --según el Tribunal-﷓ debe computarse doble por la regla del dos por uno. El cómputo se extenderá hasta que la Cámara de Casación se pronuncie sobre la sentencia, lo que aún no ocurrió.

En el juicio a Brusa y compañía, el Tribunal Oral fue integrado por tres subrogantes: el juez del Tribunal Oral de Paraná, Roberto López Arango, que lo presidió y los abogados Carlos Renna y Andrea Creus, después de una excusación masiva de los jueces de Santa Fe y más de treinta abogados del foro.

Según Valera Laterrade, al ordenar el doble cómputo de la condena y las salidas transitorias de Aebi, Brusa y Ramos, "el Tribunal demuestra, o bien ignorancia de la ley o bien una clara voluntad de su violación" porque la norma del dos por uno fue derogada. Así lo escribió en una nota y en un dictamen, ambos con su firma, que remitió a López Arango. El tono, los fundamentos y hasta un fallido de Valera Laterrade en la cita del número de una ley detonaron el conflicto.

El Tribunal consideró la actitud del Coordinador del Programa Verdad y Justicia como "una intolerable intromisión de un funcionario del Poder Ejecutivo en decisiones de un Tribunal de la Nación", según un oficio que remitió al ministro Alak y al que tuvo acceso Rosario/12 Y calificó la conducta de Valera Laterrade como "temeraria" y "beligerante", no sólo por sus "expresiones descomedidas", sino también por "la información errada y falaz" que utilizó en la nota y en el dictamen que envió al Tribunal, lo que "demuestra un desconocimiento" de la ley, de la causa Brusa y de la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación aplicable al caso, "como así también de las mínimas normas de prudencia, respeto y decoro que debe poseer un funcionario público en el ejercicio de su cargo". Y le pidió a Alak que "se pronuncie al respecto a fin de reparar la actitud asumida" por su subordinado. Copias del oficio fueron enviados al presidente del Consejo de la Magistratura de la Nación y al titular de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Nación "a los fines que correspondan".

"Más allá de que se pueda discrepar con el criterio adoptado, tanto por este Tribunal que dispuso las salidas transitorias de los encausados con la debida custodia y control, como por los tribunales superiores que sustentaron tales criterios y representan la autoridad institucional en materia jurisprudencial, existen los medios legales para recurrir tales decisiones. Y de hecho, así lo hizo el Ministerio Público Fiscal al apelar ante la Cámara Nacional de Casación Penal".

"Pero lo que no se puede permitir --agregó el Tribunal-﷓ es que un funcionario público que representa a otro poder del Estado, asuma una actitud beligerante y totalmente desmedida contra este Tribunal de la Nación, por la decisión adoptada en una causa judicial que es ajena a su competencia. Pues esto no sólo afecta la independencia de los poderes y el respeto que debe existir entre sus respectivos integrantes, sino también la imagen del Poder Judicial como consecuencia de que dicha nota fue enviada a los medios que reprodujeron y replicaron los argumentos desmedidos y errados de dicho funcionario. En consecuencia, se solicita al ministro que tenga a bien pronunciarse al respecto a fin de reparar la actitud asumida por el funcionario aludido", concluyó el Tribunal.

Después de pasearse.... Diaz Bessone al lugar que le corresponde

Revocaron por incumplimientio la prisión domiciliaria de Díaz Bessone. Vuelve al lugar que le corresponde

El Tribunal Oral Federal número 2 hizo lugar al pedido de la fiscalía para que el principal imputado en la causa por crímenes de lesa humanidad sea trasladado a la Policía Federal de Rosario y siga las audiencias del proceso oral y público.

El Tribunal Federal Oral número 2 revocó la prisión domiciliaria del principal imputado de la causa por crímenes de lesa humanidad, Ramón Genaro Díaz Bessone, y dispuso que sea trasladado a la Policía Federal de Rosario, a partir de un pedido de los fiscales de la causa Díaz Bessone, Gonzalo Stara y Mario Gambacorta, que fue adelantado por Rosario/12. El imputado será trasladado del Hospital Militar Central de Buenos Aires a las dependencias de la Policía Federal para así garantizar su presencia en las audiencias de debate de la causa que lleva su nombre, que se reanudarán el martes.

Los fiscales basaron su requerimiento en que Díaz Bessone incumplió con las reglas impuestas al concederse la prisión domiciliaria, como era comunicar de manera inmediata cualquier modificación del domicilio fijado como lugar de cumplimiento de la prisión preventiva que pesa sobre el mismo. "El contrato de alquiler del domicilio fijado por Díaz Bessone fue rescindido el 4 de diciembre y la defensa comunicó esta situación pasados 25 días, sólo después de que las autoridades provinciales constataran que en dicho lugar residía otra persona", indicó el escrito presentado por los fiscales.

En su presentación, la Fiscalía afirmó que el principio general "es que las penas de prisión deben cumplirse en establecimientos penitenciarios. La prisión domiciliaria configura una excepción a esta regla, que sin dudas y dadas las características de estos acontecimientos y la naturaleza de los hechos por los que está siendo juzgado Díaz Bessone, deben ser aplicados en forma restrictiva y con suma prudencia por el Tribunal dada la alarma social que pudieren generar y la violación de compromisos internacionalmente asumidos por nuestra Nación en materia de delitos de lesa humanidad".

En este caso, el Tribunal entendió que asistía razón a la fiscalía en cuanto a la falta de oportuna comunicación por parte del imputado de la rescisión del contrato de locación del único inmueble fijado para cumplir la prisión domiciliaria impuesta. Sin embargo, los magistrados consideraron que "la omisión incurrida no derivó en mayores consecuencias". Aún así, Beatriz Baravani de Cavallero, Jorge Venegas Echagüe y Otmar Paulucci resaltaron la gravedad del incumplimiento.

Consultado por Rosario/12, Stara manifestó que "dada la envergadura de los crímenes por los cuales se juzga a Díaz Bessone y el incumplimiento de las obligaciones procesales que pesan sobre el principal acusado, la resolución del tribunal garantiza la realización del juicio y transmite un claro mensaje a las víctimas, ajustándose a los standards fijados en materia de libertad por la CSJN para los casos de delitos de lesa humanidad".

Díaz Bessone había solicitado en noviembre pasado --cuando se realizaban las audiencias orales y públicas-- ser hospitalizado en el Hospital Central Militar para ser asistido por un accidente cerebro vascular. En ese momento, los fiscales se opusieron sosteniendo que "en Rosario existen institutos perfectamente equipados para la atención del interesado". A pesar de esto, el tribunal permitió el traslado por lo cual la pericia para determinar su estado general de salud se realizó en aquel centro asistencial de Buenos Aires. La defensa de Díaz Bessone sostenía que el imputado no se encontraba en condiciones de estar presente en las audiencias orales, por lo cual pidió que se desvincule al principal imputado y que la causa continúe respecto de los otros.

La pericia médica dictaminó en forma unánime que Díaz Bessone se encontraba psíquicamente en condiciones de asistir a las audiencias.

Finalmente, el Hospital Militar determinó el alta del imputado. Durante la última semana hábil del año el tribunal ordenó el traslado de Díaz Bessone al domicilio donde cumple prisión domiciliaria en Rosario. Y esto se dispuso a pesar de que la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe constatara -en los controles de rutina- que en el domicilio atribuido a Díaz Bessone se encontraba otra persona, quien aseguró ser el nuevo inquilino.

jueves, 2 de febrero de 2012

Alegría y dudas

Por Luis Bastús. Desde Rosario

“Esperábamos estos procesamientos aunque tardaron demasiado tiempo. Y lo que nos sorprendió es que con las mismas pruebas el juez no encontró elementos para procesar a (Víctor Hugo) Rodríguez y a (Edgardo) Andrada”, planteó la abogada querellante Ana Oberlin y anticipó que apelará en segunda instancia la falta de mérito. La abogada ratificó sus reparos hacia el desempeño del juez Carlos Villafuerte Ruzo, porque “procesó a los que de alguna manera ya están condenados o seriamente involucrados en otras causas, pero despegó a los que todavía detentan alguna forma de poder por su función, por sus vinculaciones”.

“Nos alegra en lo que refiere a los que han sido procesados, porque esta causa nos dio mucho trabajo. Cuando logramos reabrirla, Patti estaba a punto de asumir como diputado y era poderoso. Es notable que Villafuerte Ruzo decidió indagar a Patti recién luego de que lo condenaran por la causa Gonçalvez”, dijo en alusión a la sentencia de abril de 2011 por la Masacre de la Calle Juan B. Justo, en San Nicolás.

Osvaldo Agustín Cambiaso y Eduardo Daniel Pereyra Rossi estaban en el bar Magnum el 14 de mayo de 1983, cuando a las 10.30 irrumpieron hombres armados que se los llevaron a la vista de muchos testigos en un operativo relámpago del que participaron entre cinco y diez personas. Fueron interrogados bajo tortura –se ha mencionado el centro clandestino que funcionaba en la Escuela Magnasco, de Lagos y Zeballos, y también al costado de bulevar Oroño contra el obrador de Circunvalación, adentro de un furgón– y a las cinco de la tarde sus cuerpos aparecieron fusilados y con signos de tortura previa en un camino rural de la localidad bonaerense de Lima, a dos kilómetros de la Ruta 9. El represor Eduardo “Tucu” Costanzo reveló a la edición de Rosario de Página/12 en 2008 que el secuestro de los militantes en el bar corrió por cuenta de Guerrieri y Rodríguez e involucró en la patota rosarina a todos los que han sido procesados, incluso al Gato Andrada también

El tiro del final del terrorismo de Estado

Procesaron a Luis Patti y a Reynaldo Bignone por los asesinatos de Osvaldo Cambiaso y Eduardo Pereyra Rossi.

La medida alcanza a nueve represores. El juez federal Carlos Villafuerte Ruzo también dispuso la falta de mérito de dos acusados. Para procesar a Patti por este hecho, ocurrido en 1983, hubo que anular su sobreseimiento.

 Por Diego Martínez

A casi ocho años de la reapertura de la causa, el juez federal Carlos Villafuerte Ruzo procesó a nueve represores por los secuestros, torturas y asesinatos en 1983 de los militantes peronistas Osvaldo Cambiaso y Eduardo Pereyra Rossi. La medida alcanzó al dictador Reynaldo Bignone, al ex policía Luis Abelardo Patti, al ex jefe del Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario coronel Pascual Guerrieri y a su segundo, teniente coronel Luis Américo Muñoz, el único que sigue libre. Con argumentos que se desconocen, ya que las partes no fueron notificadas, el juez de San Nicolás dictó la falta de mérito del coronel Víctor Hugo Rodríguez, de quien dependían los civiles de Inteligencia (PCI) que participaron de los secuestros, y del ex arquero Edgardo Andrada, identificado por su ex compañero Eduardo Constanzo entre los miembros del grupo a cargo del operativo. “Chubi” Rodríguez y “El Gato” Andrada son curiosamente los únicos imputados que no están condenados o procesados en otras causas. En los próximos días Villafuerte Ruzo deberá indagar al ex policía Juan Amadeo Spataro, quien integró junto con Patti la patrulla que se encargó de los fusilamientos, en tanto siguen libres e impunes con el visto bueno del juez y de la Cámara Federal de Rosario todos los miembros de las planas mayores de zona, subzona y áreas militares que el fiscal federal Juan Patricio Murray pidió citar a indagatoria en junio del año pasado.

Cambiaso y Pereyra Rossi fueron secuestrados el 14 de mayo de 1983, frente a testigos, en el bar Magnum de Rosario. Una patrulla de la Unidad Regional de Tigre integrada por Patti, Spataro y Rodolfo Diéguez, que murió impune, los asesinó horas después en un camino vecinal cerca de Zárate. Fue uno de los últimos crímenes con el sello de la dictadura: torturas a cargo de militares y civiles de Inteligencia, asesinato en tiroteo fraguado por policías. Los fusiladores fueron felicitados por el jefe de la Bonaerense, general (condenado) Fernando Verplaetsen, y calificados como “jóvenes valientes” por Bignone. El peritaje de los tejidos demostró luego que los militantes peronistas fueron torturados con picana y atados con cuerdas, y que los disparos fueron a quemarropa. El juez Juan Carlos Marchetti ordenó detener a los policías, pero luego se desdijo y dictó el sobreseimiento provisorio, que el paso del tiempo convirtió en definitivo el mismo día que se sancionó la ley de Obediencia Debida. La pelea de Murray y de los abogados querellantes para revertir la “cosa juzgada” rindió frutos recién el año pasado, cuando Villafuerte Ruzo la declaró nula, decisión que luego confirmó la Cámara de Rosario y que quedó firme por la presentación extemporánea del recurso ante Casación.

Los procesamientos dictados por Villafuerte Ruzo, recusado (sin suerte) por congelar expedientes y por pronunciarse en contra del avance de los procesos de lesa humanidad, abarcaron a cinco civiles de Inteligencia: Walter Pagano (condenado en 2010 a prisión perpetua), Juan Andrés Cabrera, Ariel Antonio López, Carlos Antonio Sfulcini y Ariel Porra, quien según Constanzo trasladó a las víctimas hasta el camino donde los ejecutaron. La misma función que los citados PCI cumplía Andrada, ex arquero de Rosario Central y de la Selección argentina de fútbol. Su falta de mérito no es el primer beneficio que le concede Villafuerte Ruzo: antes dictó su exención de prisión y le permitió conservar en su casa un arsenal que incluía pistolas de 9 y 11,25 milímetros, tres fusiles Winchester y una carabina, entre otras armas de guerra. “¿Qué juez, en una causa cualquiera, primero dejaría en libertad a un sospechoso de doble homicidio, y segundo le permitiría conservar en su poder semejante arsenal?”, planteó el camarista Fernando Barbará al analizar la conducta del nicoleño. “La pregunta, naturalmente, es del todo retórica, ya que la respuesta obvia es: ninguno”, escribió, en el fallo de la Cámara de Rosario que finalmente ordenó secuestrar la armería del Gato Andrada.

La falta de mérito del Chubi Rodríguez también asombró a quienes integran la acusación. El entonces capitán era jefe de la Sección Segunda del Destacamento, de la que dependían varios de los PCI procesados, y fue mencionado por El Tucu Constanzo entre los secuestradores. Casi treinta años después es el actual presidente de la asociación sanmartiniana Cuna de la Bandera, que cada año cruza los Andes con el ex intendente y ahora senador provincial Miguel Lifschitz. El teniente coronel Rodríguez se afeitó el bigote para concurrir a la indagatoria, a la que llegó en un Nissan de vidrios polarizados acompañado por custodios con trajes negros, y no hizo descargo ni ofreció pruebas para defenderse. “No imagino qué gato sacó de la galera” Villafuerte Ruzo para beneficiarlo, confió Murray.

El único procesado libre, beneficio sobre el que debe pronunciarse la Cámara de Casación, es el teniente coronel Muñoz, ex segundo jefe del Destacamento y superior inmediato de Rodríguez. De su legajo surge una de las pruebas más concluyentes de la actuación criminal del Ejército, aun en 1983, y del esmero en borrar pruebas en democracia. En 1989, disconforme con una calificación que frenaba su ascenso, Muñoz pidió que se consideraran sus “merecimientos” y citó dos “operaciones especiales” que por “razones de contrainteligencia” no había relatado pese a que participó “directa y activamente”. La primera fue en 1983 y “consistió en un despliegue de efectivos y medios con la finalidad de afectar la capacidad de conducción de elementos subversivos residuales” antes de las elecciones de octubre. Advirtió “el riesgo de ponerse en evidencia” pero cumplió la orden “como corresponde a un soldado”, escribió, y apuntó que un coronel amigo tuvo que realizar otra “operación especial” para que el semanario Siete Días no informara sobre los protagonistas del hecho. La segunda, en 1984, fue “un gran despliegue de efectivos y medios” para “disminuir la intensa presión de las organizaciones de derechos humanos para llevar ante los estrados judiciales” a hombres como él, y “cumplió ampliamente con su cometido”, explicó.

El fiscal Murray no dudó al pedir la detención que la operación de 1983 fue el asesinato de Cambiaso y Pereyra Rossi; no sólo porque Muñoz integraba el destacamento de Inteligencia de Rosario, donde se produjeron los secuestros, sino también porque la revista Humor registró el vínculo del caso con la “operación especial” del coronel amigo. Luego de recibir un informe secreto “sobre las alternativas íntimas del caso Cambiaso-Pereyra Rossi”, un cronista y un fotógrafo de Siete Días intentaron hablar con uno de los protagonistas. “Si esto trasciende, les vuelo la editorial. Con amnistía o sin amnistía, en actividad o en retiro, les vuelo la editorial con ustedes adentro”, les advirtió el militar, según relató el periodista Enrique Vázquez en Humor. La operación de guerra de 1984, dedujo Murray, fue el robo de expedientes sobre la represión ilegal de los Tribunales Provinciales de Rosario. Los secuestros y el robo fueron “las dos operaciones más delicadas de toda mi carrera”, confesó Muñoz, no porque enfrente tuviera a un ejército real sino por la “gran repercusión”. “Hubo que poner en juego una real y verdadera vocación de servicio”, destacó el soldado, orgulloso porque el robo de expedientes permitió “llevar tranquilidad a los hogares de muchos camaradas”.

domingo, 22 de enero de 2012

Diaz Bessone : Represor con trato preferencial

El ex general Ramón Genaro Díaz Bessone es el principal imputado por violaciones a los derechos humanos en Rosario y ya violó su detención domiciliaria. Fue autorizado a permanecer todo el mes en Buenos Aires.

El principal imputado en causas por delitos de lesa humanidad en Rosario, el represor Ramón Genaro Díaz Bessone, fue autorizado a pasar la feria judicial en el Hospital militar de Buenos Aires, aun después de haber violado su prisión domiciliaria. Los fiscales de la llamada causa Díaz Bessone, Gonzalo Stara y Mario Gambacorta, solicitaron al Tribunal Oral Federal 2 que revoque la prisión domiciliaria del imputado y la resolución que lo autoriza a permanecer en el hospital militar de la ciudad durante todo este mes. Según fuentes cercanas a la causa, Díaz Bessone debería estar “en una cárcel federal común”.

La Fiscalía afirmó que el principio general es que “las penas de prisión deben cumplirse en establecimientos penitenciarios. La prisión domiciliaria configura una excepción a esta regla, que sin dudas y dadas las características de estos acontecimientos y la naturaleza de los hechos por los que está siendo juzgado Díaz Bessone, deben ser aplicados en forma restrictiva y con suma prudencia por el Tribunal dada la alarma social que pudieren generar y la violación de compromisos internacionalmente asumidos por nuestra Nación en materia de delitos de lesa humanidad”.

Ramón Genaro Díaz Bessone había solicitado en noviembre pasado ser hospitalizado en el Hospital Central Militar para ser asistido por un accidente cerebrovascular. En ese momento, los fiscales se opusieron sosteniendo que “en Rosario existen institutos perfectamente equipados para la atención del interesado”. A pesar de esto, el tribunal permitió el traslado, por lo cual la pericia para determinar su estado general de salud se realizó en el Hospital Militar. La defensa de Díaz Bessone sostenía que el imputado no se encontraba en condiciones de estar presente en las audiencias orales, por lo cual pidió que se desvinculase al principal imputado y que la causa continuara respecto de los otros.

La evaluación pericial contó con la presencia del doctor Del Toro Martínez, integrante de cuerpo médico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un médico de parte de la defensa, y los peritos psiquiatras Gisela Felibert y Oscar Pellegrini y el neurólogo Juan Ostre, propuestos por la querella de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y la Liga Argentina por los Derechos del hombre. La pericia dictaminó en forma unánime que el imputado se encontraba psíquicamente en condiciones de asistir a las audiencias. En cuanto a la evaluación neurológica, se ordenó la realización de algunos estudios.

Finalmente, el Hospital Militar determinó el alta del imputado. Así las cosas, durante la última semana hábil del año el tribunal ordena el traslado de Díaz Bessone al domicilio donde cumple prisión domiciliaria en Rosario. Pero el defensor del imputado (Gonzalo Miño) cuestiona la orden y dice que no fue dado de alta; se oficia al director del hospital, quien dice que no es competente para opinar sobre el alta médica de un paciente, pero remite informes que corroboran que fue dado de alta. Comienza la feria judicial y la fiscalía solicita al Tribunal Oral que ordene su inmediato traslado a la ciudad de Rosario, cosa que vuelve a ordenarse. Pero, finalmente, el tribunal dispuso, por encima de las protestas de los fiscales, que permanezca en el Hospital Militar hasta tanto se constituya el tribunal en pleno, vale decir, retornen los tres jueces que lo integran, finalizada la feria judicial.

Y esto se dispuso a pesar de que la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe constatara –en los controles de rutina en el domicilio establecido por Díaz Bessone en Rosario– que allí se encontraba otra persona, quien aseguró ser el nuevo inquilino del departamento. La fiscalía toma conocimiento de este hecho recién tres días después del día de la constatación mencionada, cuando el tribunal remite el expediente.

La fiscalía fundamenta su requerimiento en que el procesado “incumplió con las reglas impuestas al concederse la prisión domiciliaria: comunicar de manera inmediata cualquier modificación del domicilio fijado como lugar de cumplimiento de la prisión preventiva que pesa sobre el mismo”. En este sentido, el contrato de alquiler del domicilio fijado por Díaz Bessone fue rescindido el 4 de diciembre y la defensa comunicó esta situación pasados 25 días y sólo después de que las autoridades provinciales constataran que en dicho lugar residía otra person